TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO

Únicamente son válidas las siguientes Condiciones Comerciales Generales:

  1. El Propietario, cede en arrendamiento el vehículo en perfecto estado de uso y conservación y en perfectas condiciones mecánicas, de seguridad y de salubridad. Y autoriza expresamente al segundo como Conductor del vehículo referido. El objeto del contrato formalizado con el arrendatario, es únicamente la entrega en régimen de alquiler del vehículo. El arrendatario no adeudará las prestaciones del viaje ni, sobre todo, la totalidad de éstas últimas. En caso de reserva, entre el arrendatario y el/los arrendador/es se formalizará un contrato de alquiler regido exclusivamente por el derecho español. El arrendatario organizará él mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada.

El Arrendatario utilizará el vehículo autocaravana única y exclusivamente como vehículo vivienda, para desplazarse y pernoctar tanto en territorio nacional como en países de la Unión Europea limítrofes con los que España comparte frontera terrestre. (para otros países consultar previamente).

  1. Se prohíbe expresamente destinar el vehículo a cualquier actividad  contraria a la moral, a las leyes y a las buenas costumbres. Expresamente queda prohibido transportar más de 6 personas, realizar carreras, concursos, transporte de cualquier tipo de mercancías u objetos, y cualquier otro servicio o finalidad distinta de la convenida por ambas partes.
  2. El contrato de arrendamiento tendrá la duración acordada por las dos partes y firmadas en dicho contrato. La hora de salida será a partir de las 09:00 Horas, y la de llegada antes de las 20:00 Horas.El periodo de alquiler comenzará con la firma del contrato y con la recogida del vehículo autocaravana, y finalizará transcurridos los días naturales acordados, procediéndose entonces a la devolución del vehículo, en el lugar designado y en la hora convenida por ambas partes. En caso de que se produzca la devolución antes de la finalización del periodo de alquiler contratado por razones no imputables al Propietario, se deberá pagar igualmente el precio íntegro del arrendamiento acordado contractualmente. Queda excluida la prolongación tácita del contrato de alquiler por un período indeterminado debido a un uso continuado. Si se devuelve la autocaravana una vez transcurrido el tiempo acordado por escrito, el arrendador computará 25,00 € por hora de retraso (con un máximo por día de retraso del precio fijado por jornada multiplicado por tres). El arrendatario además asumirá los gastos derivados si los hubiese del hecho que otro arrendatario u otra persona haga valer sus derechos frente al arrendador, debido a un retraso en la entrega del vehículo, imputable al arrendatario.
  3. Todos los acuerdos entre el arrendador y el arrendatario se realizarán por escrito.
  4. Las reservas de alquiler sólo serán vinculantes tras la confirmación expresa y escrita del propietario. Para hacer efectiva la reserva de alquiler se deberá abonar, el 30% del precio fijado para el periodo, según tarifas y disponibilidad establecida por el propietario, en concepto de señal, que se entenderá a cuenta del importe del precio total del arrendamiento.  Al momento de la liquidación del precio total, se descontará el anticipo del mismo. En caso de cancelación de la reserva por parte de la propiedad se procederá a la devolución del importe satisfecho en concepto de señal. En caso de imposibilidad de llevarse a cabo el alquiler en la fecha convenida por causa de fuerza mayor o fortuita, el arrendatario podrá modificar el tiempo de alquiler optando por otras fechas, siempre que exista disponibilidad no pudiendo exigir indemnización alguna.
    La anulación de la reserva por parte del arrendatario faculta al propietario a retener la totalidad del importe satisfecho en concepto de señal. En el caso de que el cliente anule la reserva, sobre el anticipo se aplicarán las siguientes penalizaciones:
  • Si se comunica la anulación antes de 30 días del inicio del alquiler: 50 %
  • Si se comunica entre 29 y 16 días antes del inicio del alquiler: 80%
  • Si se comunica con menos de 16 días hasta el inicio del alquiler: 100 %

El Arrendatario perderá la reserva y el  anticipo cuando no recogiera el vehículo autocaravana en la fecha convenida, salvo que confirme su llegada inminente. En caso contrario el propietario podrá disponer libremente del vehículo.

  1. Los precios de alquiler, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato. El período mínimo establecido de alquiler durante determinadas épocas del año, también se deriva de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de confirmar el contrato. En función de los días de alquiler reservados, serán válidos los precios que aparezcan en la lista para la temporada correspondiente. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios prestados, cuya cuantía también se puede consultar en la lista de precios del arrendador vigente en el momento de formalizar el contrato. El precio de alquiler previsto en función de las fechas de reserva, más todos aquellos cargos por conceptos adicionales al mismo (kits de cama, mesas, sillas, etc.), se deberá ingresar en la cuenta que el arrendador facilitará al arrendatario, con tarjeta de crédito, o en metálico, a más tardar en el momento de la recogida del vehículo, antes del inicio del alquiler. A más tardar, en el momento de la recogida del vehículo, el arrendatario deberá abonar la cantidad de 600,00 €, mediante tarjeta de crédito, en concepto de fianza y como garantía del cumplimiento de las obligaciones de este contrato
  2. La fianzaserá devuelta después de ser examinado el vehículo por un responsable de la empresa arrendadora, el cual en caso de daños y/o desperfectos por mal uso dictaminará el importe que el cliente deberá abonar. Este importe será deducido de la fianza depositada, por un valor de hasta 600,00 € y será calculado en función del valor de cada pieza de recambio, el porte de las mismas y mano de obra a razón de 44,00 € más IVA la hora. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 60 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza, si procede. En caso de un siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo.

El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:

  • Los cargos adicionales que se originen si el vehículo es dejado en algún otro sitio o  ciudad, sin la autorización del arrendador.
  • El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, contra el arrendatario o arrendador, derivados del tiempo de vigencia de este contrato de alquiler, a no ser que se hayan originado por culpa del arrendador. En el supuesto de que por culpa del arrendatario fuese el vehículo retenido o embargado, todos los gastos serán a su cargo, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
  • Gastos incurridos por el arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores) en la reclamación de las cantidades adeudadas por el arrendatario en virtud del presente contrato.
  • En caso de la rotura del neumático (pinchazo) los gastos del líquido (65,00 €) de reparación provisional + gastos de cada neumático con montaje.
  • El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia (no incluye los efectos  personales del arrendatario y acompañantes). En caso de accidente o robo, el arrendatario se hará cargo del importe  de 600,00 € por siniestro. Si el arrendatario se retrasa en los pagos, se aplicarán intereses por demora de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
  • Los precios de alquiler de los accesorios opcionales, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato.
  • Los correspondientes precios de alquiler incluyen: 21% de IVA, seguro a todo riesgo  según la correspondiente cobertura del seguro.
  • El período de alquiler empieza con la entrega de la autocaravana por parte del arrendador en el parking de Autocaravanas, la oficina de alquiler o lugar acordado de entrega, y finaliza con la recogida del vehículo en el mismo lugar que la entrega.
  1. Entrega. Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el personal técnico del arrendador en el punto de entrega. Asimismo, se elaborará un acta de ENTREGA en el que se describirá el estado del vehículo y que deberán firmar ambas partes. El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción para su correcta utilización. Previa confirmación del abono del precio acordado, se hace entrega de la autocaravana con todos sus accesorios y en perfecto estado de uso y conservación, en óptimas condiciones mecánicas, de seguridad y salubridad y provisto de toda la documentación necesaria. El vehículo se entregará completamente limpio, con el depósito de diesel lleno, el depósito de agua limpia (no potable) lleno, dos bombonas de gas y el WC vacío y listo para su uso, así como con todos los enseres de cocina, y se deberá devolver en las mismas condiciones.
  2. Devolución. Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión preliminar de la autocaravana. Se elaborará un acta de devolución, que deberán firmar el arrendador y el arrendatario. La revisión final del vehículo se realizará por parte de la empresa de alquiler dentro de las 72 horas hábiles siguientes a su devolución. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo y/o durante la revisión final, correrán a cargo del arrendatario.

LOS RETRASOS EN LA DEVOLUCIÓN, NO AUTORIZADOS, SERÁN PENALIZADOS CON UNA TARIFA DIARIA DEL TRIPLE A LA CANTIDAD DIARIA APLICADA EN CONTRATO.

LOS POSIBLES DESCUENTOS QUE SE HAYAN APLICADO AL CONTRATO NO SERÁN TOMADOS EN CUENTA PARA ESTA PENALIZACIÓN.

Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado, deberá ser comunicada inmediatamente al arrendador por algún método fehaciente para que este la acepte; en caso contrario se considerará retraso no autorizado.

Si el arrendatario desea prolongar el arrendamiento, deberá solicitarlo al arrendador con un mínimo de tres días de antelación a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a las disponibilidades que en este momento tenga el arrendador, no asumiendo por tanto esté último ningún compromiso previo alguno.

Cualquier alteración de las fechas de alquiler, deberá ser previamente autorizada por el arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente. El arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo, en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo. En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él, y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal del arrendador.

El vehículo se devolverá con los depósitos de aguas residuales y del WC vacíos.

Llenar el depósito de agua potable con otro elemento que no sea propiamente agua, o el depósito de diesel con otro elemento que no sea combustible diesel, implicará una penalización 600,00 €.

  • Si se devuelve sin limpiar la autocaravana se cargarán 120 Euros.
  • Si se devuelve sin vaciar las aguas grises (sucias) se cargarán 20 Euros.
  • Si se devuelve sin limpiar y vaciar el WC se cargarán 30 Euros.
  • Si se devuelve sin completar el depósito de gasoil se cargarán 2,50€ por cada litro de combustible que falte hasta completar el depósito.
  1. Obligaciones del Propietario. Incumplimiento y efectos.

En caso de que el Propietario no entregue la autocaravana en las condiciones pactadas por causas a él imputables, se resolverá el contrato suscrito procediéndose a la devolución de los importes ingresados. El propietario no será responsable de los fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del vehículo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.

 

  1. Obligaciones del Arrendatario.

El arrendatario queda obligado a conservar, mantener y devolver el vehículo autocaravana en el mismo buen estado en el que lo recibe.

El vehículo será conducido única y exclusivamente por el Arrendatario, persona mayor de 25 años y con más de 2 años de antigüedad mínima de su permiso de conducir clase B y que no le ha sido ni retenido ni retirado por las autoridades. Deberá aportar copia del carné de conducir en vigor al momento de la entrega del vehículo. Asimismo, podrá designar en este mismo acto el/los conductor/es, que cumpliendo sus mismos requisitos de edad y carné, podrán sustituirle en la conducción. Asimismo, se responsabiliza que solo puedan conducir aquellos que han sido declarados conductores en este documento y que hayan aportado copia de su carné. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional.

El Arrendatario, y en su caso el conductor, se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de circulación. Igualmente se compromete a no transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado.

El arrendatario se obliga muy especialmente a cuidar los bienes arrendados (en su caso el bien arrendado) y conducirlo con la mayor diligencia y cuidado, respondiendo de cualquier deterioro derivado de una  defectuosa, negligente o temeraria conducción.

El arrendatario indemnizara al arrendador de cualquier menoscabo en los bienes arrendados sea cual sea la causa de tal menoscabo.

El arrendatario se obliga a comprobar regularmente los niveles de aceite del motor y caja de cambios, liquido refrigerante y demás que correspondan al vehículo, respondiendo, a su costa, del correcto funcionamiento del vehículo mientras tenga la posesión del mismo.

El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Asimismo, se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el   vigente Código de Circulación y se obliga a:

  • No permitir que lo conduzcan otras personas más que el mismo o las que expresamente estén autorizadas.
  • No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo.
  • No realquilar o transportar personas con fines comerciales y cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato.
  • No transportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos o inflamables.
  • No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo y no auxiliar a delincuentes.
  • No cometer delitos, aunque estos solo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos.
  • No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
  • No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo.
  • No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.
  • No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.
  • No circular fuera del territorio nacional sin la autorización expresa del arrendador.
    • En caso contrario será penalizado con un importe equivalente de la fianza depositada 600,00 €
  • Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y protegerlo del  deterioro de las heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producirle daños de importancia.
  • Queda expresamente prohibido al arrendatario variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su    aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización escrita por parte del arrendador. En caso de infracción de este artículo, el arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, incluso su traslado hasta el garaje de la empresa de alquilerdebiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación.
  • El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente.
  • Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado del vehículo, al menos cada mil kilómetros, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos.
  • El arrendatario se compromete a comprobar regularmente si el vehículo de alquiler está en perfectas condiciones para circular con seguridad.
  • Está prohibido fumar en todos los vehículos.
  • No está permitido llevar animales. (consultar la admisión de animales)

Los gastos derivados de la ventilación o la eliminación del olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo corren a cargo del Arrendatario.

  1. El arrendatario está obligado a informar inmediatamente al arrendador llamando al número de teléfono del centro de alquiler (el teléfono consta en el contrato de alquiler), a más tardar el día siguiente, de cualquier accidente o daño que le sucediese al vehículo alquilado, tanto de sus elementos externos como de los internos del habitáculo. En caso de no informar diligentemente, el arrendatario correrá con todos los gastos propios del lucro cesante equivalente a los días que quedase el vehículo fuera de servicio de alquiler como consecuencia de este daño por la espera de la llegada de los correspondientes recambios.

Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo indicado al arrendador. Deberá notificar inmediatamente a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El parte de accidente se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde en el momento de devolver el vehículo al arrendador. El documento deberá incluir el nombre y la dirección de las  personas implicadas, sus datos del carné de conducir, los datos del contrario con el nombre de la Compañía Aseguradora y el número de póliza, los datos de los eventuales testigos, así como las matrículas de los vehículos afectados.

En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas; quedando sin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratadas.

Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá redactar para el arrendador un amplio informe por escrito junto con un boceto indicando hora, fecha, lugar y dirección y todas demás circunstancias que ayuden a reflejar de mejor forma los hechos ocurridos. Si el arrendatario no elabora el informe – no importa cuál sea la razón – e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad.

No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo.

Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora.

En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro    cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo y los gastos que ello conlleve.

  1. Defectos de la autocaravana:

Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos no imputables al arrendador.

El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizarán las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor.

Se deberá detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de Asistencia concertada por el arrendador y solo con esta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis-motor, salvo autorización expresa del arrendador.

El arrendatario podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el período de alquiler y que no superen los 150,00 €. Para ello, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador.

Éste último asumirá los gastos de la reparación si se le hace entrega de los justificantes originales y de las piezas cambiadas, siempre que el arrendatario no responda del daño.

Quedan excluidos de esta norma los daños que afecten a los neumáticos.

En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar sin demora al arrendador el desperfecto en cuestión y conceder un plazo razonable para su reparación. El arrendador no se responsabilizará de las condiciones específicas de cada país (ejemplo: infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar la reparación.

En el caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.

En caso de que, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador, si tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario en un plazo razonable, un vehículo de repuesto equivalente en el número de plazas o superior quedaría excluida una rescisión del contrato.

En caso de que siendo culpable el arrendatario, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de recambio. En este caso queda excluida una rescisión del contrato por parte del arrendatario.

En caso de avería se deben acatar las garantías ofrecidas en la póliza de seguros y el concesionario del automóvil.

  1. Responsabilidad del arrendatario, seguro a todo riesgo:

Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el arrendador eximirá al   arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de 600,00 €, que deberá asumir el arrendatario.

El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento doloso.

Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida, no avisa a la policía en caso de accidente, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de este último.

Si el arrendatario infringe otras obligaciones, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de este último, será exclusivamente responsable:

  • Si los daños se deben a un uso prohibido.
  • Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida.
  • Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya dejado el vehículo.
  • Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura,  ancho, largo).
  • Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional.
  • El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso   del vehículo, que se le reclamen al arrendador.
  • En caso de haber más arrendatarios, éstos responderán en calidad de deudores solidarios.

Cualquier daño de neumáticos (pinchazos etc.) no está cubierto por el seguro.

En caso de dañar, incluso reparación con el líquido de la reparación de neumático se cargará el coste del neumático y del líquido de la fianza depositada.

  1. Responsabilidad del arrendador, prescripción:

El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento.

No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías. Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución por parte del arrendador al arrendatario de la cantidad pagada en concepto de reserva.

Los accesorios del vehículo así como las llaves y control de apertura del mismo, no están cubiertos por el seguro en caso de robo o pérdida por lo que serán deducidos del valor de la fianza en caso de la falta de cualquiera de ellos.

El arrendador no asume ninguna responsabilidad ante el arrendatario, sobre el automóvil del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias del arrendador durante el período de alquiler de la autocaravana.

  1. Jurisdicción:

En caso de litigios derivados o relacionados con el contrato de alquiler de la autocaravana, se acuerda que la jurisdicción sea en Loja.